La polémica “Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local” 

30 Jun, 2014 | Reportaje | 0 Comentarios

● La Ley es una consecuencia de las condiciones impuestas por la Unión Europea a España con motivo de la concesión del “rescate” a las entidades financieras.

● La Ley ha provocado una fuerte reacción en su contra, siendo recurrida por numerosos Ayuntamientos incluido el de Granadilla de Abona.

Ley de racionalización

Detrás de un nombre tan complejo como Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local se esconde algo tan simple de entender como la necesidad de corregir la gestión del gasto público que han venido haciendo en España los Ayuntamientos, así como de organizar los servicios que éstos prestan de manera que no se repitan con los que ya realizan otras administraciones (Diputaciones, Cabildos, Gobiernos Autonómicos o Gobierno Central) o que se presten sin tener competencias para ello o sin disponer de los recursos adecuados, intentando así poner orden y definir con precisión los servicios que deben ser desarrollados por los Ayuntamientos diferenciándolos de los que son competencia de las administraciones estatal y autonómica, aplicando el principio “una Administración una competencia” para evitar los casos de duplicidad e incluso de triple intervención en la prestación de un mismo servicio por distintas administraciones públicas, lo que ha generado en muchas ocasiones confusión y falta de atención entre los ciudadanos al desconocer cuál de ellas es la responsable del servicio que demanda.

Es ésta una Ley de ámbito nacional desarrollada por el Gobierno Central y publicada en el BOE el 30 de diciembre de 2013 como Ley 27/2013 para que fuera implantada ya desde el 1 de enero de 2014 aunque su efectiva aplicación se ha ido aplazando, cuyo contenido final quedó suavizado respecto a su pretensión inicial tras recibir numerosas críticas porque, entre otras cosas, proponía la desaparición forzosa de los municipios más pequeños (para integrarlos a otros de mayor tamaño) y de las mancomunidades de ámbito inferior a la provincia o isla, así como la obligación por parte de las Diputaciones y Cabildos de realizar todos los servicios públicos considerados deficitarios que venían llevando a cabo los municipios de menos de 20.000 habitantes, cuestiones que en la definitiva Ley ya no se contemplan como de obligado cumplimiento sino que han quedado como sugerencias y principios a los que hay que tender.

RAZONES DE SU DESARROLLO Y DE LA POLÉMICA OCASIONADA

Hay que tener en cuenta que esta Ley se lleva a cabo como consecuencia de las condiciones impuestas por los créditos que fueron concedidos España para hacer frente al “rescate” de las entidades financieras (varias Cajas de Ahorro y Bankia) ya conocidas por todos, que le obligaban por Ley (recordemos la precipitada reforma del artículo 135 de la Constitución realizada en 2011durante el gobierno de Zapatero, consensuada por el PSOE y el PP) a realizar importantes reformas en su Administración Pública en los diferentes niveles (local, autonómico y nacional), por lo que algo había que hacer “obligatoriamente” en cuanto a la necesidad de ahorrar gastos y mejorar su eficacia, es decir, funcionar mejor y gastar menos. Ahora bien, en torno a esta Ley aprobada sólo con los votos del PP gracias a la mayoría  absoluta que tiene en el Congreso, se ha creado una gran polémica cuyo origen no está tanto en la necesidad de una reforma que tarde o temprano tendría que llevarse a cabo, sino en la forma de hacerlo, con la opinión bastante extendida de que había que haber realizado las necesarias reformas empezando por las administraciones Central y Autonómica y no tanto por la municipal si es que de verdad se quieren conseguir los resultados que se pretenden tanto en ahorro como en eficacia, algo que resulta contradictorio teniendo en cuenta que los ayuntamientos son las administraciones públicas más cumplidoras con los límites del déficit y, por tanto, las menos endeudas respecto a la Central y Autonómica.

La cuestión es que, por exigencias de la Unión Europea, España tiene que ahorrar 8.000 millones de euros en la gestión de sus Administraciones Públicas y, ante las dificultades jurídicas y políticas que supone para la Administración del Estado (por cierto, la más endeudada) el hecho de recetarse a sí misma una cura de adelgazamiento que de verdad sea digna de ese nombre o de acometer una reforma de importancia en las Comunidades Autónomas, se ha optado por reformar la Administración Local (es decir, meterle mano a los ayuntamientos) porque, dado el limbo jurídico en que ésta se encuentra, es la más fácil de intervenir ya que el Estado puede imponerle sin muchos problemas sus decisiones. Por tanto, no parece que el motivo de poner en marcha esta Ley que afecta a los ayuntamientos sea porque éstos funcionan particularmente mal o porque sea especialmente grave su situación económica (es más, se trata de la Administración pública con menos deuda y la única que en su conjunto no incurre en déficit en la actualidad, pues no en vano más de 7.000 Ayuntamientos cerraron 2013 con  superávit en sus cuentas, sumando en total 4.100 millones de euros), sino simplemente porque jurídicamente es el expediente más sencillo de realizar, sin que ello signifique necesariamente que ése sea el mejor camino para conseguir el mencionado ahorro impuesto por la Unión Europea.

CRÍTICOS Y DEFENSORES

Los críticos de la Ley argumentan que ésta da la sensación de que está hecha a partir de una excesiva desconfianza del Gobierno del Estado hacia la gestión de los ayuntamientos y su autonomía como servicio público más próximo a los ciudadanos, intentando con ello “controlar” esta gestión y su manera de organizarse hasta límites exagerados respecto a lo que habitualmente estamos acostumbrados. También dicen que el Estado pretende organizar a los ayuntamientos aplicando un control exclusivo sobre los mismos, ejerciendo una especie de absolutismo sin permitir que otras administraciones como las autonómicas puedan decir algo al respecto sólo por su afán centralizador de la gestión pública, concediéndole además más poder a las Diputaciones y Cabildos para que actúen como un gran ayuntamiento que gestione la provincia o la isla en su caso. Según este sector crítico, con la excusa de tener que cumplir con las exigencias de ahorro impuestas por la Unión Europea, el Gobierno Central se está comportando como un “agujero negro” que succiona todo lo que hay alrededor para ejercer el control de la gestión pública y administrativa del país.

Sin embargo, los defensores de esta Ley consideran que el contenido final de la misma ha sido beneficioso para los municipios españoles porque además de haberse conseguido que no se eliminen ayuntamientos, ni se reduzca el número de concejales, ni se quiten las competencias existentes, ni se eliminen las Diputaciones, ni se deje sin facultades a los municipios menores de 20.000 habitantes, tal como inicialmente se proponía desde el Gobierno Central, también la Ley fortalecerá a los Ayuntamientos porque garantizará su sostenimiento económico y permitirá la realización de unos servicios de más calidad para los ciudadanos. Asimismo, garantizará más “transparencia” en la gestión de los recursos al regular por ley los sueldos de los alcaldes, concejales y personal de confianza, así como limitar el número de éstos últimos y las dedicaciones exclusivas. Además, aseguran, con la puesta en práctica de la Ley se conseguirá un efecto importante, como es el de clarificar las competencias de las diferentes administraciones públicas evitando que un mismo servicio se realice por más de una, pues al aplicar el principio de “una Administración una competencia” se evita el despilfarro de recursos al impedir la “duplicidad de servicios”, garantizándose además su prestación porque a la asignación de competencias le acompaña un compromiso de financiación. Por último, resaltan la importancia del papel coordinador que la Ley concede a las Diputaciones y Cabildos, que actuarían a modo de gran Mancomunidad para la realización de determinados servicios que los municipios sean incapaces de llevar a cabo por su cuenta, pero siempre contando con su autorización.

La cuestión es que esta Ley ha levantado muchas ampollas y está creando bastante polémica, hasta el punto de provocar una fuerte reacción en su contra por parte de alcaldes, concejales, empleados públicos, asociaciones y federaciones de entidades locales, organizaciones sociales, sindicales, empresariales, etc., además de la práctica totalidad de los grupos políticos en la oposición en el parlamento nacional. Se le acusa a esta Ley el no tener en cuenta los principios de proximidad en la prestación de los servicios públicos y de poner en peligro que la ciudadanía pueda recibir servicios básicos que necesita al quitarle a los ayuntamientos esta función que pasará a ser ejercida por las comunidades autónomas, como por ejemplo sucederá con todo lo concerniente a educación, sanidad y servicios sociales, entre otros.

RECURSOS CONTRA ESTA LEY

Numerosos Ayuntamientos de todo el territorio nacional ya han presentado recursos de inconstitucionalidad contra esta Ley mediante acuerdos aprobados en Pleno, dándose la circunstancia de hacerlo incluso ayuntamientos gobernados por el PP y constatándose un gran éxito al haberse superado ampliamente el mínimo establecido que tiene que abarcar a una sexta parte de la población oficial del país (más de 16 millones de ciudadanos) para que el recurso sea admitido a trámite.

El Ayuntamiento de Granadilla de Abona también se sumó a esta larga lista de ayuntamientos aprobando en un Pleno Extraordinario celebrado el pasado día 11 de marzo una moción presentada por el Alcalde, al considerar no sólo que la aplicación de esta Ley iba a perjudicar notablemente la realización de servicios que normalmente el Ayuntamiento ha venido prestando y de los que se verían privados los ciudadanos, sino que su contenido va en contra de principios amparados por la Constitución que reconocen atribuciones que le corresponden al Ayuntamiento. De los 17 miembros asistentes al pleno, 14 votaron a favor de presentar el recurso (10 del PSOE y 4 de CC) y los 3 del PP lo hicieron en contra.

Para conocer las razones que llevaron a votar a favor o en contra a unos y otros, en breve tendrá a su disposición el artículo La Ley de Reforma de la Administración Local y sus consecuencias para Granadilla de Abona, que estamos desarrollando…

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