(…Continuación)
La Concejalía de Participación Ciudadana, cuya concejal responsable es Georgina Molina Jorge, ha sido la promotora de este Reglamento que regulará el funcionamiento del Consejo General de Participación Ciudadana y Transparencia de Granadilla de Abona que a su vez ha sido propuesto por el concejal con delegación especial en Participación Ciudadana y Transparencia, Félix Hernández Miranda.
“La prioridad de este Consejo es impulsar la participación interactiva, como un foro de diálogo y cauce de participación de los agentes económicos, sociales, profesionales y vecinales con el Ayuntamiento en el que la población del municipio colabore activamente, desde el análisis de la problemática municipal hasta la formulación de planes, incluyendo en dicho proceso participativo metodologías interdisciplinares que abarquen las diversas perspectivas sociales”, señaló Georgina Molina.
Por su parte, Félix Hernández indicó que la idea es que el Consejo “sea un observador del cumplimiento e implementación de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, recabando la opinión de la ciudadanía”. También, indicó el concejal, “será el encargado de articular la participación de la sociedad civil, asociaciones, colectivos y entidades en la congestión de los servicios municipales, de asesorar al gobierno municipal y colaborar en la solución de los problemas de la vecindad y la aplicación de políticas que prevengan situaciones de riesgo, conflictos vecinales y causas de inseguridad y marginación”.
Ambos concejales resaltan que este Consejo persigue la realización de procesos participativos en lo que respecta, por ejemplo, a los presupuestos generales, elaborar un plan de fomento y mejora del asociacionismo e impulsar la ejecución de proyectos, al tiempo que invitan a tod@s aquell@s que lo deseen a ser parte activa del mismo.
A continuación damos contenido al articulado que conforma el Reglamento por el cual se regirá su funcionamiento, cuyo plazo de exposición pública finalizó el pasado día 25 sin que se haya presentado ninguna reclamación o sugerencia al mismo, por lo que, según expresa la normativa a aplicar en estos casos, “se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional”. Por tanto, el Reglamento del Consejo General de Participación Ciudadana y Transparencia de Granadilla de Abona ya está definitivamente aprobado y puede empezar a aplicarse. Éste dice:
« CAPÍTULO I: Competencias y Campos de Actuación
Artículo 1.- Naturaleza
El Consejo General de Participación Ciudadana y Transparencia es el órgano consultivo y de participación en la gestión municipal de las principales organizaciones económicas, sociales, sindicales, profesionales y de la sociedad civil del municipio desde el que se analizan y coordinan las actuaciones, planificaciones y proyectos que afectan al conjunto del municipio.
Artículo 2.- Independencia
El Consejo General de Participación Ciudadana y Transparencia de Granadilla de Abona, como órgano de consulta, participación y asesoramiento de la Corporación Local, goza de plena independencia en el ejercicio de sus funciones.
Artículo 3.- Objeto
El Consejo General de Participación Ciudadana y Transparencia de Granadilla de Abona tendrá el siguiente objeto:
a) Constituirse como un foro de diálogo y cauce de participación de los agentes económicos, sociales, profesionales y vecinales con el Ayuntamiento, así como de consulta y asesoramiento de cuantas cuestiones afecten al municipio.
b) Constituirse como observador del cumplimiento e implementación, por parte de la Corporación Municipal, de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de ‘transparencia, acceso a la información y buen gobierno’, recabando la opinión de la ciudadanía respecto a su cumplimiento y propiciando un lenguaje accesible a la totalidad de la misma.
c) Articular la participación de la sociedad civil, asociaciones, colectivos y entidades del municipio en la congestión de los servicios municipales.
d) Asesorar al gobierno municipal sobre las grandes líneas de la política y gestión municipal.
e) Colaborar con el Ayuntamiento en la solución de los problemas de la vecindad y ayudar en la aplicación de políticas que prevengan situaciones de riesgo, conflictos vecinales y causas de inseguridad y marginación.
f) Debatir e impulsar acciones orientadas a la mejora y al desarrollo de la vida económica, social y ciudadana de Granadilla de Abona, especialmente en los temas que sean competencia del sector público local.
g) Ser informados de los presupuestos municipales una vez se hayan aprobado inicialmente.
h) Promover la realización de procesos participativos en temas concretos.
i) Elaborar participativamente, junto con el Ayuntamiento, un Plan específico de fomento y mejora del asociacionismo del municipio.
j) Impulsar la elaboración y ejecución de proyectos e iniciativas socioeconómicas y de planificación estratégica, en la perspectiva de hacer avanzar la calidad de vida del municipio y de sus habitantes.
k) Facilitar la más amplia información y publicidad sobre las actividades y acuerdos municipales en aras de una mayor transparencia.
l) Fomentar la coordinación y colaboración entre las personas integrantes del Consejo.
m) Respetar los rasgos diferenciados y la vida propia de cada barrio, implicando a la vecindad en la eliminación de los desequilibrios existentes.
Artículo 4.- Definición de Proceso Participativo
A los efectos de este Reglamento, se entiendo por Proceso Participativo aquél que de manera integral contempla las fases siguientes:
a) ‘Fase de Identificación’, mediante la cual a través de consultas y/o propuestas de la ciudadanía, se identificarán los intereses, necesidades y demandas de la población.
b) ‘Fase de Información’, mediante la cual se trata de difundir al conjunto de la ciudadanía afectada la materia o proyecto sobre el cual se pretende la participación, utilizado las técnicas metodológicas pertinentes.
c) ‘Fase de Debate Ciudadano’, mediante la cual y empleando las metodologías adecuadas se promueve el diagnóstico, debate y propuestas de la ciudadanía.
d) ‘Fase de Devolución’, mediante la cual se traslada a las personas participantes y al conjunto de la ciudadanía el resultado del proceso.
(…) »
(Continuará…)